lunes, 27 de abril de 2020

3. EL PROBLEMA DE LA VALIDEZ DE LAS NORMAS MORALES

La cuestión más interesante de este tema se puede enunciar fácilmente:

¿Son las normas morales convencionales o no?

Es decir —si recuerdas bien—, las normas convencionales pueden cambiarse, su incumplimiento conlleva sanción (que también puede cambiarse) y no obligan a todos universalmente. Pues bien, ¿son las normas morales en realidad normas convencionales? Este es el problema de la validez de las normas morales. 

A la pregunta anterior algunos pensadores han contestado que las normas son convencionales (los llamados relativistas morales), y otros han respondido que no lo son (los llamados objetivistas morales). Estudiemos estas dos grandes posiciones éticas.

          A) El relativismo moral.

El relativismo moral sostiene, pues, que las normas morales no son ni verdaderas ni falsas en sí mismas. Es absurdo preguntar por la validez o invalidez de una norma moral. Lo único que cabe decir es que un cierto grupo humano —o una persona determinada— acepta o rechaza una norma moral; pero no tiene sentido afirmar que sea correcta o incorrecta. Por el contrario, los objetivistas morales consideran que las normas categóricas pueden ser, al igual que las proposiciones descriptivas, verdaderas o falsas. Objetivamente considerado, sin referencia a ningún código, sociedad o persona —prosiguen los críticos del relativismo moral— hay normas morales correctas e incorrectas.

«Lo primero que hay que subrayar es que las normas no son válidas o inválidas en sí mismas, sino sólo respecto a un código normativo determinado. Consiguientemente, los enunciados que expresan normas tampoco son verdaderos o falsos en sí mismos, sino sólo con referencia a un código normativo determinado. Por eso las preguntas normativas carecen de sentido, a no ser que estén relativizadas o referidas a un código.
¿Está permitido tocar el balón con la mano? Depende. Respecto del Código normativo del baloncesto sí, pero en el fútbol, no. ¿Está permitido tocar el balón con el pie? Depende. En el fútbol está permitido, pero en el baloncesto está prohibido. Alguien podría preguntar: “Dejémonos de códigos relativos. En sí mismo, en el fondo, de verdad. ¿Qué es lo que está prohibido o permitido: tocar el balón con el pie o con la mano? ¿Tengo derecho a hacerlo o no?”. La pregunta carece de sentido. Estará prohibido o permitido, según el juego al que estemos jugando.
¿Con cuántas mujeres me puedo casar...? Con ninguna, según los austeros códigos de los cátaros y los anabaptistas. Con una o con ninguna, según los códigos matrimoniales de tradición cristiano occidental. Obligatoriamente con una, según las normas dictadas por OCTAVIO AUGUSTUS en Roma a principio de nuestra Era. Con tantas como pueda alimentar, hasta cuatro, según el código islámico. Con un número de mujeres proporcional al de mis vacas, según el código masai, etc. Alguien puede preguntar: con independencia de esos y otros muchos códigos históricos o imaginables, en si mismo y desde un punto de vista absoluto, ¿con cuántas mujeres puede casarse un hombre? La pregunta carece de sentido.
La validez de una norma es siempre relativa a un cierto código, juego o institución. Hay que reconocer el relativismo insuperable de las normas.»
(MOSTERÍN, Grandes Temas de la Filosofía Actual.)



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